Bautismo
ASPECTOS CLAVES DEL DERECHO CANÓNICO SOBRE EL SACRAMENTO DEL BAUTISMO
ORIENTACIONES PASTORALES Y NORMATIVA PARA LOS ITINERARIOS DE
INICIACIÓNCRISTIANA Y PREPARACIÓN A LOS SACRAMENTOS
UNA EXPERIENCIA PARA CAMINAR EN ESPÍRITU DE COMUNIÓN CON LA DIÓCESIS
DE ZIPAQUIRÁ
- DEL SACRAMENTO DEL BAUTISMO
1.1. De la dignidad del Sacramento.
“El santo Bautismo es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida en el espíritu y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos partícipes de su misión”. (Cfr. Catecismo. n. 1213).
1.2. Para bautizar lícitamente a un niño se requiere (Cfr. Canon 868,1):
a. Que den su consentimiento los padres, o al menos uno de los dos, o quienes legítimamente hacen sus veces.
b. Que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica; si falta por completo esa esperanza debe aplazarse el bautismo, según las disposiciones del derecho particular, haciendo saber la razón a sus padres.
c. El niño de padres católicos, e incluso de no católicos, en peligro de muerte, puede lícitamente ser bautizado, aún contra la voluntad de los padres (Canon 868,2).
d. Cuando hay duda sobre si alguien fue bautizado, o si el bautismo fue administrado válidamente, y la duda persiste, después de una investigación rigurosa, se ha de bautizar bajo condición (Canon 869,1).
1.3. De los Padrinos.
a. En la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y juntamente con los padres, presentar el niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo (Canon 872).
b. Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una (Cfr. Canon 873).
c. Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar, o faltando éstos, por el párroco o ministro, que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla, que haya cumplido 18 años, que sea católico, que esté confirmado, haya recibido la Eucaristía y lleve al mismo tiempo una vida congruente con la fe y la misión que va a asumir, que no esté afectado por una pena canónica, no sea el padre o la madre de quien se va a bautizar, el bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo (Canon 874, 1 y 2).
1.4. De la formación de los padres y padrinos al sacramento del Bautismo de sus hijos.
Esta formación de padres y padrinos es una oportunidad importante de evangelización que se puede llevar a cabo en una jornada adecuada, y con una metodología atrayente donde se presenten los aspectos espiritual, bíblico, catequético, kerigmático, canónico, litúrgico y pastoral del sacramento del Bautismo. Para la preparación de los padres existe el texto: “Bautícenlos, háganlos discípulos” y de los padrinos existe el texto: “Y lo presentó a Jesús” con 9 catequesis.
1.5. De la anotación del bautismo celebrado.
El Párroco del lugar en que se celebra el Bautismo debe anotar diligentemente y sin demora en el libro de bautismos (Canon 877).
1.6. Del lugar propio de la celebración del Bautismo.
Fuera del caso de necesidad, el lugar propio para el Bautismo es en el Templo Parroquial (Canon 12/10).
Sacramento del Bautismosacramento de iniciación cristiana que incorpora a la persona en la Iglesia y borra el pecado original.
CONDICIONES PARA EL BAUTISMO
- Tener un diálogo personalizado con el párroco presencial o a través del 3108732130
- Presentar documentos completos para subirlos al sistema dos semanas antes del curso. Los días martes a viernes (9:00 am a 1:00 pm), sábados (9:00 am a 1:00 pm y de 2:30 pm a 5:00 pm) y domingos de 8:00 – 1:00 p.m. se tiene horario de atención en la oficina.
- Realizar la catequesis pre -bautismal presencial cuarto sábado de cada mes de 9:00 am – 12:00 m.
- Bautismos el último domingo del mes en misa de 9:00 am.
- Consignar la ofrenda Voluntaria en la oficina parroquial.
- Solicitar Confesión para quienes lo deseen hablando con el Párroco
DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR
- Registro civil del niño/a
- Partida de matrimonio de los papás o partida de bautismo si los papás no son casados y fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Partida de matrimonio de los padrinos si son casados, o fotocopia de la Cédula de ciudadanía de los padrinos y partida de confirmación en caso de ser solteros, (Los padrinos no deben vivir con pareja en unión libre, ser mayores de 18 años, haber recibido bautismo, eucaristía y confirmación).
- Autorización del párroco si los papás del candidato al bautismo pertenecen a otra parroquia.
Nota B: los niños a bautizar deben ser menores de 7 años, para mayores de esta edad se siguen otras condiciones. En este caso hablar con el párroco.
Confirmación
Sacramento que perfecciona la gracia del Bautismo y confirma al creyente en la fe mediante el don del Espíritu Santo.
Eucaristía — Primera Comunión
El sacramento del Cuerpo y la Sangre de Cristo. La Primera Comunión es un momento central en la vida del cristiano.
Reconciliación (Confesión)
Sacramento del perdón por el cual Dios reconcilia al pecador con Él y con la Iglesia mediante la absolución del sacerdote.
Matrimonio
Sacramento por el cual un hombre y una mujer establecen la alianza conyugal ante Dios y la Iglesia.
Unción de los Enfermos
Sacramento que confiere una gracia especial al cristiano que enfrenta las dificultades de la enfermedad grave o la vejez.
Orden Sacerdotal
Sacramento por el cual los hombres son consagrados como ministros de la Iglesia: diáconos, sacerdotes u obispos.
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Para solicitar cualquier sacramento, programar fechas o conocer los requisitos específicos, comuníquese con el despacho parroquial en los siguientes horarios:
2:00 pm – 5:00 pm